Recientemente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España dió a conocer un nuevo procedimiento de entrada en España de parejas extranjeras de comunitario o españoles para que puedan entrar de manera más fácil a España, ya sea para visitar o residir con su pareja en territorio español.
Debido a la situación actual del Covid-19, España ha anunciado este procedimiento con el fin de solucionar la problemática de las parejas que han sido separadas debido al Covid-19.
¿COMO ES EL PROCEDIMIENTO?
El extranjero interesado en visitar o residir con su pareja, debe iniciar el proceso mediante el Consulado español de su país de origen. Este debe de acreditar que es una pareja no casada y no registrada de un comunitario o de un ciudadano español. Por lo que debe depositar las pruebas necesarias que acrediten que se trata de una pareja estable y duradera propia de una pareja de hecho.
El consulado al valorar las pruebas aportadas y si esta obtiene el visto bueno, el extranjero recibirá por parte de la Oficina Consular un certificado de apoyo para que el extranjero pueda presentarlo ante la aerolínea. Es importante aclarar que el certificado de apoyo no garantiza la entrada al territorio español, por lo que la decisión final del cumplimiento de los requisitos estará a cargo de las autoridades migratorias en el control de entrada en España.
¿QUE DOCUMENTACIÓN PUEDO APORTAR?
El listado de pruebas que se debe aportar para el procedimiento de entrada en España de parejas extranjeras de comunitario o españoles no es exhaustivo, por lo que no debe limitarse a documentaciones específicas, sin embargo, podemos mencionar:
• Pruebas de que el extranjero viaja con el comunitario o va a reunirse con él (Ticket de avión en conjunto, acta de manifestaciones ante notario del comunitario, etc)
• Evidencias de que la relación es estable y duradera
o Documentación de autoridades locales de los cuales se pueda desprender la existencia del vínculo duradero
o Acreditación de cita para contraer matrimonio en España, inscripción en el padrón, etc.
o Contrato de alquiler conjuntos
o Titularidad de cuentas en común
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